13 ago 2009

Escándalo: Decretaron la quiebra de Roberto Giordano y le prohibieron la salida del país

Roberto Giordano se convirtió en uno de los estilistas más populares de la Republica Argentina. Ligado a los medios, montó su cadena de peluquerías que le dieron vida a su emporio comercial que explota con creces desde hace varios años.

Se abrió las puertas de la fama y se codeo con jet set de nuestro país, aunque en los últimos meses ha protagonizado varios escándalos. Las imágenes de su último desfile en Punta del Este lo pusieron en el ojo de la tormenta, dejando en evidencia sus estados de humor.

Plantó móviles y se peleó con la prensa uruguaya cuando no vio publicado lo que a él le gustaba. Además, amenazó con suspender el su desfile si la gente no aplaudía, cuando éste estaba en pleno desarrollo.

Lo cierto es que en el plano judicial, las cosas tampoco le vienen saliendo bien. Tiene varios juicios perdidos por una serie de créditos laborales y varias condenas en su contra que devinieron en un proceso en lo comercial que el 5 de agosto derivó en un pedido de quiebra por parte de la justicia.

Es una cuestión legal por deber una serie de créditos laborales con condenas contra su firma. Son todos realizados por gente que trabajó en las peluquerías de él y por haber obtenido una sentencia favorable en contra de Roberto Giordano.

Dado que su empresa está concursada, eso dilata el cobro de todos los trabajadores que ya tienen condenas favorables. De todos modos la justicia ha considerado que al tener tantas sentencias en su contra se le puede exigir el pago.

Ese incumplimiento de pagos derivó en un proceso comercial en su contra y se decreto la quiebra, según la ley de concursos y quiebras.

Estos expedientes se tramitaron en la justicia en lo comercial, desde agosto del año pasado hasta el día de hoy. Al no pudo desconocer el estado de cesación de pagos por dicho proceso decreta la quiebra.

Justamente, uno de los efectos del decreto de quiebra es la imposibilidad de que Giordano salga del país, hasta que lo determine el juez. El plazo, en principio es de un año, según la ley, aunque en este caso podría ser un poco menor: hasta febrero del 2010.

Está fijado hasta esa fecha, salvo que presente un recurso de revocatoria que implicaría que tiene que pagar y no ser insolvente.

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